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29 de Mayo de 2024 OMI impulsa mejoras en seguridad y señala nuevas normativas para combustibles alternativos Última Sesión del Comité de Seguridad Marítima adoptó enmiendas para actualización 2026 del Convenio SOLAS

La 108ª sesión del Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la Organización Marítima Internacional (OMI) se celebró del 15 al 24 de mayo, adoptando una serie de enmiendas dirigidas a mejorar la seguridad en el transporte marítimo, reportó DNV. Entre las más destacadas se encuentran las siguientes: 

Mejoras en la seguridad contra incendios

Durante la sesión, se aprobaron enmiendas al Capítulo II-2 del Convenio SOLAS, enfocadas en reducir el riesgo y las consecuencias de incendios en los buques Ro-Ro. Las nuevas disposiciones incluyen cambios en la disposición de espacios y cubiertas de intemperie en los nuevos buques Ro-Ro, así como la inclusión de monitores de agua en las cubiertas de intemperie en las naves existentes de este tipo. Adicionalmente, se actualizaron los requisitos del Código SFS, añadiendo especificaciones para sistemas de extinción de incendios y sistemas de detección de calor y humo.

Requisitos de detección de incendios y remolque de emergencia

Se adoptaron enmiendas a la regla II-2/7.5.5 del Convenio SOLAS para extender los requisitos de detección de incendios a los puestos de control y salas de control de cargamento en buques de carga. También se aprobaron enmiendas para ampliar las prescripciones de dispositivos de remolque de emergencia a todos los buques nuevos de más de 20.000 dwt. 

Seguridad en el uso de gas natural y notificación de pérdida de contenedores

El Comité adoptó enmiendas al Código IGF para mejorar la seguridad de los buques que utilizan gas natural como combustible, basadas en la experiencia acumulada desde la implementación del código en 2017. Además, se modificó el Capítulo V de SOLAS para exigir la notificación obligatoria de la pérdida de contenedores en el mar, una medida que busca aumentar la transparencia y la seguridad.

Marco para buques autónomos y combustibles alternativos

Además, se discutió el desarrollo de un marco reglamentario para buques autónomos, incluyendo un código no obligatorio que se espera esté finalizado para 2025. Esto permitirá la acumulación de experiencia práctica antes de que un código obligatorio pueda entrar en vigor, potencialmente para 2032.

También se exploraron posibles combustibles alternativos y nuevas tecnologías para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Entre las opciones evaluadas se encuentran el amoníaco, hidrógeno, instalaciones de pilas de combustible, energía nuclear, solar y eólica, baterías de iones de litio y tecnología de almacenamiento de energía mediante supercondensadores. El estudio de estos combustibles y tecnologías continuará en la próxima sesión del MSC, programada para diciembre.

Revisión de las directrices sobre gestión de ciberriesgos marítimos

El MSC 108 aprobó una revisión del documento “Normativas sobre gestión de ciberriesgos marítimos” de 2017 (MSC-FAL.1/Circ.3/Rev.2). Esta actualización ofrece recomendaciones de alto nivel enfocadas en la evaluación de riesgos, la resiliencia cibernética y la implementación de equipos y sistemas ciberseguros. El objetivo es mantener un enfoque holístico para enfrentar las amenazas cibernéticas en el ámbito marítimo.

Disposiciones de seguridad para combustibles alternativos

El MSC 108 también aprobó un plan de trabajo destinado a desarrollar disposiciones de seguridad dentro del Código IGF (Código Internacional de Seguridad para Buques que Utilizan Gases u Otros Combustibles de Bajo Punto de Inflamación) para varios combustibles alternativos. Entre estos se incluyen hidrógeno, amoníaco, combustibles derivados del petróleo con bajo punto de inflamación, alcoholes metílico y etílico, y pilas de combustible. Se espera que las normativas para el uso de hidrógeno y amoníaco como combustible estén listas para finales de 2024.

Además, el MSC 108 aprobó un proyecto de enmiendas al Código IGF que incluye:

  • Clarificación de las disposiciones de aplicación.
  • Alineación con el Código IGC (Código Internacional de Construcción y Equipamiento de Buques que Transportan Gases Licuados a Granel) sobre pozos de succión para tanques de combustible que se extienden por debajo del límite inferior del tanque.
  • Alineación con el Código CIG sobre la descarga de las válvulas de alivio de presión a los tanques bajo ciertas condiciones.
  • Clarificación de los requisitos de aislamiento contra incendios de las estructuras de cubierta en relación con los tanques de combustible en cubierta abierta.
  • Clarificación de los requisitos para conductos peligrosos a través de espacios no peligrosos y viceversa.
  • Actualización de los requisitos relativos al radio de las zonas peligrosas para la salida del mástil de ventilación de los tanques de combustible, aumentando a 6 metros para la zona 1 y a 4 metros para la zona 2.

Uso de GLP y amoníaco como combustible

Se dio la aprobación de regulaciones provisionales para el uso de gas licuado de petróleo (GLP) como combustible. Asimismo, se aprobó un proyecto de enmiendas al párrafo 16.2.9 del Código IGC y un proyecto de Circular del MSC sobre la aplicación voluntaria temprana de estos requisitos, con el objetivo de permitir el uso de amoníaco como combustible en buques de movilización de amoníaco.

Recomendaciones para la Industria

DNV recomienda tomar nota de que el MSC 108 fue la última sesión en la que se adoptaron enmiendas para la actualización de 2026 del Convenio SOLAS y los códigos obligatorios relacionados. La próxima sesión, que se celebrará en diciembre, adoptará enmiendas para la actualización de 2028 y posteriores. 

Por MundoMaritimo 

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