Rechazo generó en la Asociación Peruana de Derecho Marítimo la denuncia por parte del Estado peruano del "Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas en Materia de Conocimientos de Embarque", suscrito en Bruselas el 25 de agosto de 1924 y que es conocido como las Reglas de La Haya. El acto del Ejecutivo implica que el referido acuerdo deja de ser vinculante y por ende deja de tener efecto para el Perú. Cabe consignar que este instrumento fue aprobado en dicho país mediante la Resolución Suprema N° 687 de 1964, fue ratificado ante el Gobierno belga el 29 de octubre de 1964 y entró en vigor para el 26 de abril de 1965.
Katerina Vuskovic, presidenta de la Asociación Peruana de Derecho Marítimo en un artículo explica que las "Reglas de la Haya" no son más que condiciones estándares acordadas internacionalmente que se aplican en los contratos de transporte de mercaderías por mar, y que específicamente regulan causales de delimitación de responsabilidad por daños y faltantes a la carga. Dicho Convenio también determina las obligaciones del armador, cargador o embarcador.
Agrega que "siempre ha existido un desconocimiento de sus alcances y aplicación en nuestro ordenamiento jurídico, buscando circunscribirlas solo a temas aduaneros o portuarios. Quiero creer que dicho desconocimiento es el que ha llevado al gobierno a denunciar una convención internacional que crea un marco jurídico que brinda cierta estabilidad a nuestro arcaico derecho marítimo".
Vuskovic al tratar de explicar la acción del Gobierno de Perú en cuanto a denunciar la Reglas de la Haya indicó que "sospechamos que la motivación ha sido solo la facilitación de la aplicación del también desafortunado Decreto Legislativo Nº 1492, que busca aprobar disposiciones para la reactivación de la cadena logística del comercio exterior".
Según Vuskovic "Esta situación ciertamente va a originar mayores costos a un sector ya afectado, como subida de fletes y seguros, ya que los navieros o transportistas van a buscar salvaguardar sus derechos ante una mayor exposición. Al final, quien pagará los platos rotos será el usuario".
Opiniones a favor
Sin embargo, para GTL-Gremio de Transporte y Logística la aplicación de las "Reglas de la Haya" no resultaba favorable a los intereses del Perú, "en tanto establecía un límite de responsabilidad por daños a la carga a favor del emisor del conocimiento de embarque de hasta 100 libras valor oro (US$ 30.000). lo cual es contrario para los intereses de la exportadores nacionales e internacionales". En tanto, de acuerdo con la visión de la a Sociedad Nacional de Industrias (SNI) de Perú y de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) el Decreto Legislativo Nº 1492 ayudará disminuir y transparentar los costos logísticos a la vez que promueve, además de asegurar la reactivación, continuidad y eficiencia de las operaciones logísticas del comercio exterior en el marco de la pandemia de Covid-19. (ver nota).
Según explicó a MundoMarítimo el abogado, árbitro y profesor de Derecho Marítimo, José Antonio Pejovés, el recientemente aprobado Decreto Legislativo N° 1492, regula algunos aspectos relativos a la emisión, validez y aplicación de los conocimientos de embarque, y regula también cuestiones relativas al transporte marítimo internacional de bienes, como la digitalización de los conocimientos de embarque y la digitalización y automatización de procedimientos privados y públicos ligados al transporte.
Para el abogado, el disenso entre la apreciación de Vuskovic y la SIN y La CCL va por la forma como se ha aprobado la denuncia de las Reglas de La Haya y la dación del DL 1492. "Como se sabe en el sector del transporte marítimo es evidente la presencia de dos partes con intereses antagónicos: los cargadores y los navieros. La CCL y la SIN son gremios en los que están asociadas empresas muy vinculadas al comercio exterior", apuntó.
Tiempo para el debate
Vuskovic planteó que "este gobierno ha procedido a denunciar un convenio internacional sin el estudio y debate público necesarios, y, lo que es peor, sin la participación de los sectores involucrados" y planteó que habrá que esperar a ver los alcances de la decisión, ya que "el mismo convenio establece un procedimiento para su denuncia que tomaría un año desde la notificación al gobierno belga. Este plazo debería darnos tiempo para un debate académico y, sobre todo, práctico sobre las consecuencias y la inestabilidad que no necesitamos en estos tiempos del Covid-19".
Por su parte José Antonio Pejovés coincidió en que un asunto de tanta trascendencia para el transporte marítimo internacional, como es derogar el régimen de las Reglas de La Haya, "hubiese convenido que fuese tratado en distintos foros, con participación de los embarcadores, los navieros, el Estado, la Academia y los interesados, con el fin de arribar a consensos sobre qué es lo más conveniente para el país".
"Reemplazar las Reglas de La Haya -especialmente el régimen de responsabilidad civil- por otro instrumento legal, es una cuestión de alto calado. Hay tiempo para abrir el debate público", recalcó.
Por MundoMarítimo
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