Domingo, 05 de Mayo de 2024 | ISSN 0719-241X
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21 de Diciembre de 2022 OMI: MEPC designó al Mar Mediterráneo como Área de Control de Emisiones (ECA) Además, el Comité avanzó en la revisión de su estrategia sobre gases de efecto invernadero para su estrategia de 2023

El Comité de Protección del Medio Marino (MEPC 79) de la Organización Marítima Internacional (OMI) adoptó enmiendas para designar el Mar Mediterráneo, en su conjunto, como Área de Control de Emisiones (ECA) de Óxidos de Azufre y Materias Particulares, bajo el Anexo VI de MARPOL. En dichas Zonas de Control de Emisiones, el límite de azufre en el fueloil utilizado a bordo de los buques es del 0,10% masa por masa (m/m), mientras que fuera de estas zonas el límite es del 0,50% m/m. Está previsto que la enmienda entre en vigor el 1 de mayo de 2024, y que el nuevo límite sea efectivo a partir del 1 de mayo de 2025.

Esta medida garantizará un aire más limpio para las poblaciones de la zona del Mar Mediterráneo. 

Esta es la quinta zona designada de control de emisiones de óxidos de azufre y materias particulares en todo el mundo, las otras son: la zona del Mar Báltico; la zona del Mar del Norte; la zona de América del Norte (que abarca zonas costeras designadas frente a Estados Unidos y Canadá); y la zona del Mar Caribe de Estados Unidos (alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de Estados Unidos).

Revisión de Estrategia Inicial 

Además el MEPC ha avanzado en la revisión de la Estrategia Inicial de la OMI sobre GEI, trabajando para adoptar una Estrategia revisada reforzada a mediados de 2023 en el MEPC 80.

El Comité reafirmó su compromiso de: adoptar una estrategia revisada de la OMI sobre GEI, en todos sus elementos, incluido un mayor nivel de ambición por parte del MEPC 80; continuar su trabajo de identificación de las medidas candidatas de reducción de GEI que se desarrollarán de forma prioritaria como parte de una cesta de medidas que consta de elementos técnicos y económicos por parte del MEPC 80, de acuerdo con el plan de trabajo; y llevar a cabo una evaluación exhaustiva del impacto de la cesta de medidas candidatas antes de su adopción, de acuerdo con el plan de trabajo y el procedimiento revisado para evaluar los impactos en los Estados.

Se espera que el MEPC 80 (3-7 de julio de 2023) adopte la Estrategia revisada de la OMI para la reducción de las emisiones de GEI de los buques.

Las resoluciones revisadas son:

  • Invitación a los Estados miembros a fomentar la cooperación voluntaria entre los sectores portuario y naviero para contribuir a reducir las emisiones de GEI procedentes de los buques.
  • Animación a los Estados miembros a desarrollar y presentar Planes de Acción Nacionales (PAN) voluntarios para abordar las emisiones de GEI de los buques.

Libros de registro de basuras 

Por otra parte, el MEPC aprobó enmiendas al Anexo V de MARPOL para hacer obligatorio el Libro de Registro de Basuras también para los buques de arqueo bruto igual o superior a 100 e inferior a 400 toneladas. Con ello se amplía la obligatoriedad de los libros de registro de basuras a los buques más pequeños. en el mar.

La medida apoya la aplicación de la Estrategia y Plan de Acción de la OMI para hacer frente a los desechos plásticos marinos procedentes de los buques.

Protección de los mares del Ártico

El MEPC adoptó enmiendas a los anexos de MARPOL para permitir a los Estados con puertos en la región ártica celebrar acuerdos regionales sobre instalaciones portuarias receptoras. Las enmiendas se refieren a los anexos I (hidrocarburos), II (sustancias nocivas líquidas), IV (aguas residuales), V (basuras) y VI (contaminación atmosférica) de MARPOL. Está previsto que las modificaciones entren en vigor el 1 de mayo de 2024. También se acordaron enmiendas relacionadas con las Directrices de 2012 para el desarrollo de un plan regional de instalaciones receptoras (resolución MEPC.221(63)).

EEXI, CII y valores de clasificación

El MEPC aprobó enmiendas al apéndice IX del anexo VI de MARPOL sobre la notificación de valores obligatorios relacionados con la aplicación de la medida de reducción de GEI a corto plazo de la OMI, incluidos los valores EEXI, CII y de clasificación alcanzados a la base de datos de consumo de fueloil de los buques de la OMI (DCS de la OMI).

Punto de inflamación del combustible

El MEPC adoptó enmiendas al apéndice V del Anexo VI de MARPOL, para incluir el punto de inflamación del fueloil o una declaración de que el punto de inflamación se ha medido a 70ºC o más como información obligatoria en el albarán de entrega de combustible (BDN). Se espera que las enmiendas entren en vigor el 1 de mayo de 2024.

Zona marítima especialmente sensible (ZMES) en el Mediterráneo noroccidental

El MEPC acordó en principio la designación de la Zona Marítima Especialmente Sensible (ZMES) en el Mar Mediterráneo Noroccidental, lo que supondrá una importante contribución a la protección de los cetáceos en estas aguas.

Convenio sobre la gestión del agua de lastre (BWM)

Por último,  wl MEPC aprobó el proyecto de enmiendas al apéndice II del anexo del Convenio sobre la gestión del agua de lastre (BWM), relativas al formulario del libro de registro del agua de lastre.

Por MundoMarítimo

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