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La respuesta del Fiscal Nacional Económico a Empresa Portuaria San Antonio sobre el PGE

La respuesta del Fiscal Nacional Económico a Empresa Portuaria San Antonio sobre el PGE

La directiva del terminal pidió flexibilizar reglas para la concesión de megapuerto
Edición del 07 de Mayo de 2018

El Fiscal Nacional Económico, Felipe Irarrázabal, respondió a la "Solicitud de informe de Empresa Portuaria San Antonio (EPSA) sobre licitación del Terminal Mar del Puerto Exterior de San Antonio". La empresa había pedido al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia emitir un informe para fijar las condiciones de competencia que regulará la licitación, bajo un esquema mono operador, del denominado "Terminal Maf del proyecto de Puerto de Gran Escala ('PGE") o Puerto Exterior ("PE") de San Antonio, destinado prioritariamente -conforme con la Solicitud de EPSA- a la transferencia de carga de contenedores.

El Plan Nacional de Desarrollo Portuario ("PNDP") identifica las bahías de mayor aptitud para la instalación de un terminal de contenedores en el litoral comprendido entre Coquimbo y Constitución y también analiza la nueva infraestructura portuaria necesaria para enfrentar el crecimiento del comercio exterior y cabotaje en las próximas décadas, con el fin de adecuar los servicios portuarios a los estándares del comercio marítimo internacional. Con este objeto, el PNDP acogió la propuesta de EPSA en cuanto a emplazar el PGE de San Antonio en el sector sur del recinto portuario, adyacente a la Plataforma Logística lnternacional San Antonio ("PLlSA').

La solicitud explica que el PGE de San Antonio considera como modelo de negocio una mixtura que contempla, por un lado, que la infraestructura de los terminales portuarios propiamente tales sean construidos, desarrollados, mantenidos, reparados y explotados por privados; mientras que, por otro lado, sus obras de abrigo (rompeolas y dragados), accesos terrestres y áreas comunes sean responsabilidad del Estado.

A su vez, el PGE de San Antonio estará formado por dos terminales: el primero o "Terminal Mai', situado en el extremo oeste y el segundo o "Terminal Tierra', situado en el extremo este. Cada terminal tendrá una longitud de muelle de 1.730 metros. El desarrollo y construcción del PGE de San Antonio se ha previsto en dos grandes fases: la primera, corresponderá a las respectivas obras de abrigo y las labores de dragado para el canal de acceso y dársena interior; además del muelle, relleno posterior, explanada superestructura y equipamiento del Terminal Mar. Por su parte, la segunda fase abarcará el muelle, relleno, explanada superestructura y equipamiento.

El proyecto contempla que los dos terminales marítimos serán concesionados por separado a empresas privadas de giro exclusivo, según lo establece la Ley de Puertos, siendo responsabilidad del concesionario construirlo, equiparlo y operarlo.

Restricción de integración horizontal

En relación a la solicitud por parte de EPSA de decretar la restricción de integración horizontal absoluta en esta licitación, la Fiscalía Nacional Económica (FNE), informó que un incumbente tiene una mayor valoración por la nueva concesión que cualquier entrante por el hecho de que, al ganarla, mantiene el número de competidores y, por tanto, no se incrementa la intensidad de la competencia en el mercado, mientras que incrementa su participación. Adicionalmente, un actual operador intemaliza la mayor rentabitidad que generaría una menor intensidad competitiva en su frente de atraque y, por ende, tiene una mayor capacidad de ofertar en el nuevo frente que un potencial entrante, aún con similares condiciones de eficiencia. En ese sentido, permitir la integración horizontal actuaría como una barrera a la entrada.

“En este caso, existe un grado relevante de incertidumbre en relación con las condiciones de mercado que existirán a la época de inicio de operaciones del nuevo Terminaly, por ende, la competencia ex anfe tiene limitaciones importantes para emular el resultado que se obtendría ex post. En consecuencia, es de opinión de este Servicio que resulta adecuada la solicitud de EPSA en relación a la restricción horizontal absoluta”, estimó la FNE.

El organismo recomendó mantener el umbral a la restricción vertical en un 40%, o en un porcentaje no superior al 60% si se verificara la existencia de eficiencias inherentes a la integración vertical, y sujeto a la posibilidad de incrementarlo durante la vigencia de la concesión si las condiciones de competencia son más favorables a las estimadas inicialmente.

Además, la FNE aconseja estudiar la posibilidad de modificar el orden de entrada de los futuros terminales del PGE, adelantando la adjudicación e inicio de operaciones del Terminal Tierra, y postergando la Fase ll del Terminal Mar.

Asimismo, el organismo pidió al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia establecer un mecanismo específico que permita a las empresas portuarias obligar a las concesionarias a entregarle la información necesaria para el cumplimiento de sus facultades legales y, en particular, fiscalizar adecuadamente el cumplimiento de las decisiones de los órganos de la libre competencia que los rigen.

Por MundoMarítimo

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