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OMI adopta nuevo código de seguridad obligatorio para buques que transportan personal a instalaciones offshore

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OMI adopta nuevo código de seguridad obligatorio para buques que transportan personal a instalaciones offshore

Se espera que las enmiendas y el código entren en vigor el 1 de julio de 2024
Edición del 16 de Noviembre de 2022

El Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la Organización Marítima Internacional (OMI), en su 106º periodo de sesiones, reunido del 2 al 11 de noviembre de 2022, ha adoptado un nuevo código de seguridad obligatorio para los buques que transportan personal industrial con el fin de garantizar la seguridad de las personas que se tienen que transportar para trabajar en instalaciones offshore, incluidos  parques eólicos. Se espera que las enmiendas y el código entren en vigor el 1 de julio de 2024.

El nuevo capítulo XV del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio SOLAS) y el correspondiente nuevo Código internacional de Seguridad para los buques que transportan personal industrial (Código IP), fueron elaborados por el Subcomité de proyecto y construcción del buque (SDC 8).

El objetivo es establecer unas normas mínimas de seguridad para los buques que transportan personal industrial, así como para el propio personal, y aborda los riesgos específicos de las operaciones marítimas en los sectores offshore y de la energía, como las operaciones de transbordo de personal. 

Este personal puede prestar servicios a las operaciones de construcción, mantenimiento, desmantelamiento, operación o reparación de las instalaciones offshore, como los parques eólicos, así como las instalaciones de hidrocarburos y gas mar adentro, la acuicultura, minería marina o actividades similares.

Capítulo II-2 del Convenio SOLAS

El Comité adoptó un proyecto de enmiendas al capítulo II-2 del Convenio SOLAS, destinadas a impedir el suministro de combustible líquido que no cumpla los requisitos del punto de inflamación del Convenio (60°C), lo que aumentará la seguridad de los buques que utilicen combustible líquido. Se espera que las enmiendas entren en vigor el 1 de enero de 2026.

Exportación de Cereales en el Mar Negro

Entre varios puntos, se instó al secretario general de las Naciones Unidas y al secretario general de la OMI a seguir trabajando en los esfuerzos humanitarios para evacuar a todos los buques y gente de mar que se encuentran varados en la zona de conflicto, incluidos los esfuerzos para ampliar la Iniciativa a otros tipos de buques y puertos adicionales.

Además, se acordó elaborar una resolución MSC para recordar a los Estados Miembros sus responsabilidades y obligaciones en virtud de los Convenios SOLAS y SAR en el contexto del conflicto armado.

Buques marítimos autónomos de superficie (MASS)

Se espera que el MSC avance en la elaboración de un instrumento basado en objetivos que regule el funcionamiento de los buques marítimos autónomos de superficie (MASS). Esto se produce tras la ultimación de un estudio exploratorio sobre la normativa. El objetivo es adoptar un Código MASS no obligatorio basado en objetivos que entrará en vigor en 2025 y que servirá de base para un Código MASS obligatorio basado en objetivos, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2028.

Migración mixta en condiciones peligrosas por mar

El Comité adoptó una resolución del MSC sobre Cooperación recomendada para garantizar la seguridad de la vida en el mar, el rescate de personas en peligro en el mar y el desembarco seguro de los supervivientes, con el fin de subrayar la importancia de la participación efectiva y oportuna de los gobiernos en los casos de rescate de migrantes en el mar por parte de buques mercantes.

Refugio para buques que requieren asistencia

El MSC aprobó la revisión de las "Directrices relativas a los lugares de refugio para los buques necesitados de asistencia (resolución A.949(23))". El proyecto de resolución revisada de la Asamblea se remitirá posteriormente al Comité de protección del medio marino (MEPC) y al Comité jurídico, para que también las aprobaran, con miras a su adopción por la Asamblea, en su trigésimo tercer periodo de sesiones, en 2023.

Vacunación contra el COVID-19 y atención médica de tripulantes

El MSC instó a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales a aunar esfuerzos en lo que respecta a la vacunación de la gente de mar, siguiendo el ejemplo de Panamá, que ofrece un fácil acceso a las vacunas contra el COVID-19 a toda la gente de mar.

En ese sentido, el Comité invitó a los Estados Miembros a:

  • Garantizar que los marinos, como trabajadores esenciales, tengan derecho a ser tratados con dignidad y respeto, teniendo en cuenta que pasan la mayor parte de su tiempo viajando y en el mar, y sometidos a más pruebas y controles médicos regulares que cualquier otra persona, y que solo pueden visitar la costa durante poco tiempo, por lo que debe adoptarse un enfoque humano con respecto a sus necesidades y tratamientos médicos; y
  • Reconocer la función esencial que desempeña la gente de mar y facilitar su repatriación, acceso a atención médica y protección con respecto a los protocolos de los propietarios de buques para evitar el contagio.

Por MundoMarítimo

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