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26 de Febrero de 2024 Bioincrustraciones en el casco: amenaza silenciosa afecta consumo de combustible y especies marinas autóctonas Directrices de la OMI apuntan a tratar efectivamente el problema, cada vez más relevante

Las directrices revisadas de la Organización Marítima Internacional (OMI) sobre bioincrustaciones, que entraron en vigor en 2023, ofrecen una guía actualizada sobre cómo prevenir la propagación de especies marinas invasoras. Las recomendaciones son fundamentales debido a la amenaza que representan las infestaciones para los océanos y la biodiversidad marina. Según indica Gard, este fenómeno consiste en la acumulación de organismos acuáticos  en los cascos de los buques que son transportados inadvertidamente a través de las aguas y tienen la capacidad de convertirse en una plaga que supera a las especies autóctonas.

Lo que es más, no solo representan una amenaza ambiental, sino que también pueden generar fricción adicional en el casco de las naves, lo que aumenta significativamente el consumo de combustible hasta en un 35%. Por tanto, una gestión efectiva se convierte en una herramienta importante para mejorar la eficiencia energética y reducir las emisiones en altamar.

Reglas sencillas y un plan de gestión 

Las mejores prácticas para prevenir las bioincrustaciones, según las directrices revisadas, incluyen la instalación de sistemas antiincrustantes homologados, la implementación de planes de gestión específicos para cada buque, el mantenimiento de un libro de registro y la realización de inspecciones periódicas. Es fundamental que se seleccionen y mantengan adecuadamente los sistemas antiincrustantes para evitar la acumulación de amenazas en los cascos.

El cumplimiento de estas directrices contribuirá significativamente a la prevención de la propagación de especies marinas invasoras y al mantenimiento de la salud de los ecosistemas marinos. 

Todas las naves deben contar con un Plan de Gestión de las Bioincrustaciones (BFMP) específico, bajo la responsabilidad de los armadores, operadores y capitanes. Un BFMP puede requerir información de arquitectos marítimos, constructores navales, armadores, fabricantes de sistemas antiincrustantes (AFS) y proveedores de clase y sistemas de prevención del crecimiento marino. El propósito del BFMP es contribuir al objetivo de mantener un índice de ensuciamiento recomendado y debe incluir:

  • El oficial o cargo responsable de implementar el BFMP.

  • Detalles del AFS instalado (y dónde está instalado).

  • Detalles de las condiciones de operación recomendadas del AFS para evitar su deterioro (incluidos parámetros como temperatura, salinidad y velocidad del buque).

  • Régimen de limpieza.

  • Detalles de las zonas del casco y de los nichos donde podrían acumularse las bioincrustaciones.

  • Calendario de inspecciones fijas.

  • Régimen de reparaciones, mantenimiento y renovación de AFS.

  • Detalles de la documentación y los informes necesarios para documentar las actividades relacionadas con las bioincrustaciones.

Inspecciones periódicas 

Las directrices establecen un protocolo de inspecciones del casco basado en el riesgo específico de cada buque. Estas son realizadas por organizaciones, tripulación u otro personal competente en intervalos regulares. En el caso de naves que no cuenten con supervisión del desempeño, se requiere una inspección dentro de los 12 meses posteriores a la aplicación del sistema AFS. 

Además, si el control del desempeño señala que el AFS no está funcionando correctamente, se debe realizar una inspección. Posteriormente, los chequeos subsiguientes se deberían llevar a cabo cada 12-18 meses, o con una mayor frecuencia si es necesario.

Detallado registro 

Un Libro de Registro de Bioincrustaciones (BFRB) debe ser mantenido a bordo durante toda la vida útil del buque, ya sea en formato físico o electrónico. Este registro debe contener detalles e informes de todas las actividades de inspección y mantenimiento realizadas en todas las áreas del casco y nichos, incluyendo:

  • Detalles de reparación y mantenimiento del sistema antiincrustante (AFS), incluyendo fecha, ubicación y áreas afectadas.

  • Detalles de la reparación y mantenimiento del Sistema de Prevención del Crecimiento Marino.

  • Información sobre inspecciones realizadas en agua o en dique seco, incluyendo el informe correspondiente.

  • Información sobre limpiezas realizadas en agua o en dique seco, incluyendo el informe respectivo.

  • Detalles sobre períodos en los que el buque ha operado fuera de su perfil operativo normal.

  • Copias de los informes de limpieza.

Un problema serio 

En regiones como Oceanía, con ecosistemas marinos sensibles, se aplican estrictos regímenes de control. Un ejemplo reciente fue la expulsión de un crucero de aguas neozelandesas debido a bioincrustaciones en su casco, lo que resultó en la denegación de entrada en puertos australianos hasta que el buque fue limpiado profesionalmente.

El cumplimiento de las Directrices de la OMI sobre bioincrustaciones es crucial para facilitar el acceso a los puertos con regulaciones obligatorias sobre el tema, aunque estas normativas pueden variar entre regiones. Es importante destacar que en lugares como la ya mencionada Oceanía, el Estado de California (EE. UU.) y otras áreas con regulaciones unilaterales, se deben considerar las especificidades normativas locales, que podrían incluir requisitos únicos de notificación y niveles permitidos de bioincrustaciones. Por lo tanto, es fundamental que la tripulación esté al tanto de estas para cumplir con los estándares requeridos en cada puerto que visiten.

Por MundoMaritimo

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