Lunes, 21 de Julio de 2025 | ISSN 0719-241X
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DNV aclara aspectos de la Normativa FuelEU Maritime como la certificación de combustibles y las fugas de metano

DNV aclara aspectos de la Normativa FuelEU Maritime como la certificación de combustibles y las fugas de metano

Temáticas son abordados en dos informes del Foro Europeo de Transporte Marítimo Sostenible
Edición del 21 de Julio de 2025

Con la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2023/1805, conocido como FuelEU Maritime, diversos actores del sector marítimo han planteado dudas sobre los requisitos de cumplimiento, notificación, certificación de combustibles y exenciones. En respuesta a estas inquietudes, DNV busca aclarar aspectos operativos clave del reglamento.

Nuevas normativas sobre cálculo y certificación

El Foro Europeo de Transporte Marítimo Sostenible (ESSF) emitió dos informes destinados a facilitar la implementación del reglamento. El primero aborda las metodologías de cálculo, aportando criterios y prácticas recomendadas para evaluar el desempeño energético de los buques. Entre otros aspectos, establece principios para la asignación del combustible, así como mecanismos de flexibilidad permitidos, como la acumulación, el préstamo y la estandarización energética.

El segundo documento se centra en los procedimientos de certificación de los combustibles renovables y bajos en carbono. Incluye una plantilla de prueba de cumplimiento (PoC), que puede emplearse cuando no se dispone de una prueba de sostenibilidad (PoS). Esta herramienta resulta especialmente útil para validar la elegibilidad de los combustibles tanto en el marco de FuelEU como del régimen de comercio de emisiones de la UE (EU ETS).

Ambas guías proporcionan lineamientos prácticos para operadores, navieras y proveedores de combustible en relación con la documentación, trazabilidad y verificación de los productos utilizados.

Fugas de metano: situación actual y próximos pasos

En cuanto a la certificación de valores reales de fuga de metano, la normativa actual únicamente permite el uso de valores predeterminados según el tipo de motor. Aunque la Organización Marítima Internacional (OMI) ha adoptado directrices preliminares, estas aún no incluyen procedimientos a bordo, metodologías para garantizar la estabilidad de los datos ni ciclos de prueba estandarizados.

Ante esta limitación, la Comisión Europea está trabajando en reglamentos provisionales que permitirán certificar valores reales con base en los protocolos de la OMI. Su publicación está prevista para la segunda mitad de 2025.

Actualización de la plataforma Thetis y presentación de informes

Desde el 18 de junio de 2025, la base de datos FuelEU en la plataforma Thetis incorporó la funcionalidad para recibir informes parciales, que deben presentarse en casos de cambio de titularidad del buque. La herramienta Fleet Status en Veracity ya está habilitada para procesar estos reportes, y las empresas pueden solicitarlos mediante el portal correspondiente.

El 24 de junio, la Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA) y la Dirección General de Movilidad y Transporte (DG MOVE) realizaron un seminario web en el que se abordaron aspectos operativos del cumplimiento y los módulos de verificación disponibles en Thetis.

Exenciones: escenarios y límites

La Normativa FuelEU establece un marco diferenciado de exenciones respecto al EU ETS. En particular, las regiones ultraperiféricas (RUP) como las Islas Canarias o las Azores, gozan de un tratamiento especial. Para los itinerarios que inicien o concluyan en estas regiones, solo el 50% de la energía utilizada se contabiliza en el ámbito del reglamento. Asimismo, algunos puertos de recalada en RUP están completamente exentos hasta el 31 de diciembre de 2029, según decisiones de Francia, Portugal y España.

Otros supuestos de exención incluyen itinerarios entre islas pequeñas (solicitado por ocho Estados miembros) y rutas bajo contratos u obligaciones de servicio público (solicitado por seis Estados). Todas estas exenciones están sujetas a revisión y finalizan en 2029.

En cuanto a Noruega e Islandia, aún no se ha confirmado su incorporación al Acuerdo del Espacio Económico Europeo (EEE) en relación con FuelEU Maritime. Hasta que se formalice su adhesión, los puertos de estos países se consideran puertos de terceros países. La aplicación plena del reglamento para estos territorios dependerá de futuras decisiones del Comité Mixto del EEE.

Flexibilidades operativas y límites

El uso de mecanismos de flexibilidad, como la puesta en común o los préstamos, permite a los operadores optimizar su cumplimiento. Sin embargo, estos mecanismos presentan restricciones. Por ejemplo, no se puede solicitar un préstamo tras haber utilizado la puesta en común. Además, los déficits no cubiertos pueden derivar en sanciones económicas.

Recomendaciones para operadores del sector

Las autoridades recomiendan a los operadores del sector marítimo verificar que sus procesos internos y contratos reflejen los principios de cálculo y cumplimiento establecidos. También se sugiere:

  • Mantenerse informados sobre la evolución de las normativas, especialmente en relación con la certificación de emisiones de metano y la incorporación de nuevos países al EEE.
  • Asegurar la precisión y puntualidad de los informes, especialmente en casos de cambio de titularidad o uso de combustibles alternativos.
  • Clarificar roles y responsabilidades entre socios comerciales, especialmente al participar en esquemas de cumplimiento colectivo.

Por MundoMaritimo

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