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15 de Abril de 2013 Tribunal afirmó que navieras no están exentas de normas de libre competencia TDLC rechazó solicitud de FNE de modificar ley de marina mercante

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aseveró que si las firmas de transporte marítimo interpretan la actual normativa que las rige para cometer eventuales actos como cartelizaciones, “importaría una discriminación arbitraria y una vulneración al principio de igualdad ante la ley”.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia afirmó que la actual Ley de Marina Mercante impide que las navieras que operan a nivel local cometan malas prácticas como cartelizaciones, desechando la idea de la Fiscalía Nacional Económica de modificarla, en cuanto a la eventual imposibilidad de los entes antimonopolio de castigar los atentados contra la normativa. 

De este modo, el TDLC explicó que la jurisprudencia invariable de las extintas Comisiones Preventivas y Resolutiva sostuvo que la exención establecida a la normativa de libre competencia “no impedía a los Organismos Antimonopolio conocer y resolver materias que atañen al transporte marítimo efectuado por las empresas navieras que integran una Conferencia y que ejercen actividades en Chile, o cuyo actos producen efectos en Chile”.

Así las cosas, “este Tribunal comparte la interpretación que las extintas Comisiones Antimonopolio hicieron sistemática y uniformemente. En efecto, tal como sostuvieron dichos organismos, las exenciones deben interpretarse restrictivamente y, en este sentido, el claro tenor literal de la norma restringe la exención a las empresas navieras sólo para ‘estos efectos’, es decir, los de participar en Conferencias, Convenios de Pool  y Consorcios, y no para cometer atentados a la libre competencia al amparo de dichos acuerdos”, recalcó el TDLC.

Cualquier otra interpretación, según el TDLC, “importaría una discriminación arbitraria y una vulneración al principio de igualdad ante la ley, amén de una justificación inaceptable para la comisión de atentados a la libre competencia, afectándose con ello una de las piedras angulares de nuestro orden público económico”.

Solicitud sobre Ley de Marina Mercante

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aseguró que actualmente las firmas navieras pueden participar en acuerdos de flete y que también los entes antimonopolio tienen abierto el camino para castigar eventuales malas prácticas como carteles, por lo que no considera necesario cambiar la ley.

Luego de varios meses, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia optó por rechazar la solicitud de la Fiscalía Nacional Económica, de que se recomiende modificar la Ley de Marina Mercante, ante la imposibilidad de investigar y denunciar las eventuales malas prácticas en la industria naviera local, tales como las posibles cartelizaciones.

Según el TDLC, la legislación debe, por una parte, “permitir que las empresas navieras puedan celebrar acuerdos para hacer más eficiente el servicio y, al mismo tiempo, impedir que -al amparo de dichos acuerdos- se cometan atentados a la libre competencia que no puedan ser conocidos ni juzgados por las autoridades competentes en la materia”.

El TDLC manifestó que “bajo la interpretación actual del art. 5º de la Ley de Marina Mercante no se produciría una eventual asimetría regulatoria con otros países con los que Chile comercia, pues se permitiría a las navieras que operan en nuestro país la participación en Acuerdos Navieros de Flete y, asimismo, se mantendría abierta la posibilidad de que los organismos que velan por la libre competencia puedan castigar las eventuales prácticas restrictivas de la competencia que se cometan al interior de ellas, al igual que en las otras jurisdicciones descritas en esta resolución”.

 “Por lo anterior, este Tribunal no considera necesario modificar la normativa vigente, dado que su adecuada interpretación permite conservar el criterio previamente definido por las Comisiones Resolutiva y Preventivas”, falló el TDLC. 

Fuente: Estrategia, Santiago

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