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21 de Febrero de 2011 Multan a naviera Fitz Roy por accidente de barcaza en Magallanes Sumario determinó responsabilidad de la compañía en fatal caída de camión al mar

Una serie de negligencias estableció el sumario dispuesto por la Gobernación Marítima de Punta Arenas en contra de la naviera Fitz Roy S.A., propietaria de la barcaza Río Verde II, en virtud del accidente que le costó la vida al transportista Daniel Castro Pastenes, de 57 años.

Dicha investigación, que se cerró el pasado 16 de enero, arrojó una serie de elementos que darían cuenta que le asiste responsabilidad a la compañía en la caída al mar el 26 de julio de un camión con su semirremolque. El vehículo llevaba una carga de 77 vacunos desde isla Riesco al continente (Río Verde) y, producto de la desestabilización de la nave, la máquina se precipitó al mar.

Según lo señalado por Juan José Arcos, abogado de la familia del camionero fallecido, se ha establecido una serie de deficiencias en la resolución del sumario administrativo naval, dejando en claro que aquella no cumplió con la normativa establecida por la autoridad marítima: “por un lado no estableció un sistema de trincas, que permite el amarre de la carga, lo que motivó este accidente”.

En este punto, remarcó que hicieron un cambio en el sistema de flotabilidad de la nave sin autorización de la autoridad marítima, y embarcaron un mayor tonelaje que el permitido por la autoridad naval al sobrecargar la barcaza en más de 11 toneladas. Esto habría incidido en la caída del camión y su remolque al mar, con la fatal consecuencia conocida.

No había Capitán

Por otro lado, indicó que hubo una serie de anormalidades también compartidas con el propio capitán quien, al momento del accidente, no estaba en su puesto de mando sino que un tripulante dirigía la nave. En tanto, el aludido se hallaba cobrando facturas para la empresa.

Por ende, el zarpe se realizó con una dotación inferior al mínimo de tres tripulantes autorizados por la Armada para su funcionamiento, pues allí sólo iban el patrón con un tripulante.

Para el profesional, ello demuestra una absoluta responsabilidad: “Esto es casi como el circo pobre, no puede ser que el capitán del barco tenga al mismo tiempo que estar repartiendo las facturas. Y todo porque la dirección de la empresa no adoptó la previsión de tener el personal que la autoridad marítima le disponía. Si ellos hubieran tenido un marinero más, como lo establece la autoridad, el capitán habría estado en su puesto y este accidente ni siquiera hubiera ocurrido”.

Asimismo, remarcó que la autoridad naval decretó una sanción a la naviera de 5.000 pesos oro (unos 20 millones de pesos). Existe además una suspensión de 90 días para el patrón de la nave menor.

“Entendemos que aún la otra parte no ha sido notificada, pero la familia ya fue notificada del resultado de este sumario naval”, expresó.

Querella y demanda
 
Con este mismo antecedente, la parte querellante espera solicitar al Ministerio Público la formalización de cargos penales y, en este caso, habiéndose ya determinado que aquí existió responsabilidad de los representantes legales de Marítima Fitz Roy, solicitarán que sean ellos formalizados en la parte criminal por los cargos por cuasidelito de homicidio y de lesiones. Esta acción debiera ir en contra de quienes ejercen los cargos de gerente o directores de la empresa, así como también del capitán de la embarcación.

Aquí, enfatizó que solicitarán que el administrador de la sociedad naviera deba también afrontar a la justicia penal.

Ante este nuevo escenario, añadió que el Ministerio Público será el que deba resolver la pertinencia de formalizar cargos, los que a su juicio ya son suficientes para que el órgano persecutor inicie el proceso penal en contra de los representantes legales de la firma.

A la luz de lo resuelto por la Armada, la viuda e hijos del fallecido transportista interpusieron una demanda civil por indemnización de perjuicios contra la empresa en la Corte de Apelaciones.

Arcos explicó que por un lado se busca una indemnización de perjuicios que guarda relación con los herederos (280 millones de pesos) y, por otro lado, por el concepto de daños como las lesiones sufridas por Daniel Castro Novión al salvar su vida y el daño emocional que generó a sus dos hijos la pérdida de su padre. La sumatoria de los perjuicios que se demandan a la naviera alcanzan un total de 440 millones de pesos.

Fuente: La Prensa Austral  

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