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15 de Diciembre de 2003 Iniciativas y Regulaciones en relación a la seguridad en el Comercio Internacional Resumen de las medidas adoptadas a la fecha

Después de los atentados del 11 de septiembre en Nueva York la situación con respecto al terrorismo ha tenido como resultado el desarrollo de una amplia variedad de medidas antiterroristas, tanto legislativas como reguladoras. Se han creado estas medidas para resistir la amenaza del terrorismo, en su sentido más amplio. Para todos los que estén relacionados con el comercio, estas medidas tienen consecuencias jurídicas directas. 

Las iniciativas adoptadas pueden dividirse en tres grupos principales.

  1. Medidas a nivel internacional
  2. Medidas a nivel de Naciones
  3. Medidas a nivel de comunidades

1. A nivel internacional tenemos, por ejemplo:

1.1 El trabajo de la Organización Marítima Internacional (OMI), quien ha introducido enmiendas en la convención internacional para la seguridad de la vida humana en el mar 1974 (SOLAS) y ha elaborado el código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (código ISPS).  Antes de las enmiendas, SOLAS sólo se ocupaba de la seguridad en los transportes marítimos. Las enmiendas y el código ISPS se ocupan ahora de asuntos de transportes marítimos en relación con buques e instalaciones portuarias.

1.2 El trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que ha estudiado la necesidad de una identificación positiva de los navegantes, algo que es esencial para la mejora de la seguridad marítima.

1.3 El trabajo de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), que ha adoptado un acuerdo sobre la seguridad y la facilitación de la cadena de suministros del comercio internacional. Esto ha llevado a la creación de un grupo de trabajo cuyo cometido es estudiar las cuestiones jurídicas y de procedimiento, los asuntos comerciales y las relaciones con otras organizaciones, el desarrollo de capacidades, la puesta en funcionamiento y la recolección de información, así como la promoción. Una vez concluídos estos trabajos, se espera que se desarrolle una herramienta de evaluación de necesidades para ayudar a las autoridades aduaneras a establecer la seguridad de la cadena de suministros.

1.4 El Grupo G8 estudió la situación actual, principalmente en dos aspectos. Uno de ellos es la seguridad marítima y el otro la seguridad de los contenedores. En relación con lo primero, acordó prestar su apoyo a las enmiendas SOLAS de la OMI, para adelantar a diciembre de 2004 la instalación de sistemas de detección automática (SDA) en ciertos buques, exigir planes de seguridad obligatorios para los buques y oficiales de seguridad a bordo de los mismos para julio de 2004 y exigir para esa misma fecha la obligatoriedad de planes de seguridad portuaria y evaluaciones de seguridad de las instalaciones portuarias en los puertos que sirvan a buques que realicen viajes internacionales. Respecto a la seguridad de los contenedores, acordó trabajar con celeridad para desarrollar e implementar un mejor sistema internacional de seguridad de contenedores y asegurar la integridad en tránsito de los contenedores de alto riesgo, desarrollar un sistema integrado de seguridad de los contenedores, implementar normas generales para los informes electrónicos aduaneros  y trabajar para obtener información electrónica anticipada sobre contenedores tan a principio de la cadena comercial como sea posible.

También estudió la necesidad de desarrollar un sistema de seguridad eficaz y proporcional para los transportes terrestres y la distribución de mercaderías peligrosas. El G8 revisará los progresos cada seis meses. 

2 A nivel de naciones tenemos lo siguiente:

2.1 (CSI) La iniciativa de seguridad de los contenedores (EE.UU.)
2.2 (C-TPAT) Asociación Aduanas-Comercio contra el terrorismo (EE.UU.)
2.3 (MTSA) Maritime Transport Security Act
(Ley sobre seguridad de los transportes marítimos) (EE.UU.)
2.4 Bio Terrorism Act 2002 (Ley sobre el bioterrorismo, 2002).(EE.UU.)
2.5 Maritime Transport Security Bill 2002 (Ley sobre seguridad de los transportes marítimos, 2002) (Australia).
2.6 (NMSP) National Maritime Security Programme (Programa nacional de seguridad marítima) (Reino Unido).

3 A nivel comunitario tenemos:

3.1 El reciente acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos para incluir la cooperación sobre la seguridad de los transportes entre la Unión Europea y los Estados Unidos.

3.2 La reglamentación propuesta por la CE para mejorar la seguridad de buques e instalaciones portuarias.

3.3 El acuerdo adoptado por el Consejo de Comunidades Europeas para establecer el código de aduanas comunitarias.  

Fuente: Davies Lavery, traducción exclusiva para MundoMaritimo, Diciembre 2003

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